Fecha de Publicación: 20/10/1970
Página: 149-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 147

   Destínase una partida anual de pesos 4:000.000 (cuarto millones) que 
se atenderá con Rentas Generales para el mejoramiento y ampliación de los 
servicios formativos y de especialización de la Escuela de Funcionarios 
Penales.

   El Poder Ejecutivo por intermedio del Ministerio de Educación y 
Cultura y por decreto fundado, distribuirá el monto de esta partida de acuerdo al plan que oportunamente apruebe a propuesta de la Dirección de Institutos Penales.
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