MINISTERIO DE HACIENDA
Cuando el ejercico de la profesión se efectúe en zonas rurales, pueblos o villas que estén situados a más de 40 (cuarenta) kilómetros de Montevideo, se computarán dos puntos por año hasta un total de diez, y luego a razón de medio punto por cada año, sin limitaciones. Este mérito tendrá valor para cargos en todos los departamentos del interior.Ayuda