CONSEJO DE MINISTROS
Fe de erratas publicada/s: 02/02/1968, 05/02/1968.
Autorízase al Ministerio de Hacienda a redistribuir el personal de sus dependencias cuando las necesidades del servicio lo requieran. Para el ingreso a la Dirección General Impositiva de los funcionarios que se redistribuyan, se exigirá previa prueba de suficiencia.Ayuda