Fecha de Publicación: 30/01/1968
Página: 517-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 02/02/1968, 05/02/1968.

Artículo 43

(Transitorio). Los cometidos del Directorio del Estatuto del Funcionario
caducarán y las funciones de sus miembros cesarán en la fecha en que
tomen posesión de sus cargos los integrantes de la Comisión Nacional del
Servicio Civil, quienes conocerán y se pronunciarán sobre las gestiones en
trámite.

El personal, los muebles, útiles y documentación del Directorio del
Estatuto del Funcionario pasarán a la Oficina Nacional del Servicio Civil.
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