Fecha de Publicación: 30/01/1968
Página: 517-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 02/02/1968, 05/02/1968.

Artículo 317

Todos los cargos del Consejo del Niño están sujetos a las normas de
ascenso debiéndose realizar la calificación de la antigüedad mediante
concurso de méritos.

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