Fecha de Publicación: 23/08/1965
Página: 371-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL

Artículo 66

   (Funcionamiento y contralor interno de las oficinas). - Deróganse los
artículos 199 y 201 del Código de Procedimiento Civil.
   Se comete a la Suprema Corte de Justicia la facultad de establecer el
régimen de funcionamiento y contralor interno de las oficinas judiciales.
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