Fecha de Publicación: 05/08/1965
Página: 237-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 54

   Autorízase al Poder Ejecutivo para ampliar la Deuda Nacional Interna
1960, Serie B, en la suma de $ 15:000.000.00 (quince millones de pesos),
cuyo importe efectivo será utilizado para ampliación del capital de giro
de la Dirección de Abastecimientos Agropecuarios y destinado a financiar
la adquisición e instalación de nuevos equipos para su planta de
selección y de elaboración de raciones. A tal fin se autoriza a dicha
Dirección a caucionar los títulos de deuda respectivos.
   A los efectos de dicha ampliación de deuda regirán las disposiciones del artículo 4.o de la ley N.o 12.079, de 11 de diciembre de 1953.
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