Fecha de Publicación: 12/01/1965
Página: 77-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Fe de erratas publicada/s: 22/01/1965, 05/02/1965.

Artículo 25

   Cuando se solicite a la Dirección de la Propiedad Industrial cualquier
certificación en expedientes de marcas o patentes, deberá abonarse por concepto de derechos la cantidad de $ 20.00 (veinte pesos) por foja, sin perjuicio de los sellados y timbres que correspondan.
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