La Junta de Aranceles estará formada por el Director Nacional de
Aduanas, o en su defecto por el Sub-Director Nacional, por un Cuerpo
Permanente de seis Miembros Aduaneros, presupuestados, y por representantes del Comercio y de la Industria, designados anualmente por
el Poder Ejecutivo, en la forma y modo que dispondrá la reglamentación.