Fecha de Publicación: 13/01/1965
Página: 97-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Fe de erratas publicada/s: 22/01/1965.

Artículo 142

   Exonérase del pago de Derechos Consulares los certificados de 
existencia, de residencia y de Registro Civil que se expidan a los 
familiares de los funcionarios del Servicio Exterior, a cargo de los mismos.
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