Fecha de Publicación: 07/02/1964
Página: 190-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Artículo 132

   Auméntase a $ 24:000.000.00 (veinticuatro millones de pesos), la 
contribución anual del Banco de la República a Rentas Generales, la que
se imputará a las utilidades del Organismo.
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