(Estructura).- Las sociedades anónimas pagarán un impuesto anual del
8.5 o/oo (ocho y medio por mil) sobre su capital fiscal. Asimismo pagarán
este impuesto:
A) Las sociedades en comandita por acciones por la parte de su capital
fiscal que corresponda a su capital accionario integrado;
B) Las sociedades personales integradas por personas jurídicas de derecho
privado constituidas en el extranjero, por la parte de capital fiscal
que corresponda a la cuota capital social perteneciente a estas
últimas;
C) Las sucursales o agencias de personas jurídicas de derecho privado
constituídas en el extranjero por el capital fiscal que tengan en el
país.