MINISTERIO DE HACIENDA
Decláranse comprendidos en lo que establece el artículo 158 de la ley N.o 12.803, de 30 de noviembre de 1960, a los Médicos Veterinarios del Item 11.04. Fíjase en 90 días, a partir de la promulgación de esta ley, el plazo a que se refiere dicho artículo.Ayuda