Fecha de Publicación: 22/12/1961
Página: 605-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Artículo 209

   Sustitúyese el inciso segundo del numeral 4.o del artículo 205 de la
ley N.o 12.804 de 30 de noviembre de 1960, por el siguiente:

   "Cuando los permisos de despacho, por razón de las disposiciones
tarifarias o característica de la operación, comprendan mercaderías
almacenadas en distintos depósitos, el sello se pagará por cada uno de
los depósitos mencionados en la póliza aduanera".
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