(lnmuebles propiedad de representaciones de organismos internacionales). No abonarán este impuesto los Gobiernos extranjeros por
los inmuebles de que sean propietarios, ni los diplomáticos por los que ocupen como residencia familiar, a condición de reciprocidad.
Tampoco se abonará este impuesto por los inmuebles propiedad de los
organismos internacionales.