Fecha de Publicación: 16/12/1960
Página: 565-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Fe de erratas publicada/s: 24/01/1961, 21/12/1960.

Artículo 16

   (Préstamos hipotecarios). Las personas que tengan rentas gravadas 
entre las cuales existan rentas provenientes de préstamos con garantía 
hipotecaria, estarán sujetas al pago de una tasa adicional que se
aplicará sobre las rentas netas de ese origen.

III) Categoría Industria y Comercio

Ayuda