Fecha de Publicación: 14/12/1960
Página: 537-A
Carilla: 9

MINISTERIO DE HACIENDA

Artículo 146

   Decláranse amovibles a los funcionarios que desempeñen actualmente o
en futuro, cargos inspectivos.
   Entiéndese por cargos inspectivos todos los que, por su denominación,
en las respectivas planillas, tengan ese carácter o éste resulte así de
las funciones que exclusiva o predominantemente, correspondan a los
cargos.
   Esta disposición no deroga ninguna declaración de amovilidad realizada
por leyes vigentes.
   Declárase asimismo amovible al Jefe de Departamento del Laboratorio de
Biología Animal "Dr. Miguel C. Rubino".
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