Fecha de Publicación: 25/07/1950
Página: 109-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL

Artículo 7

   El derecho de inscripción de los embargos que se traban con cargo a costas, se repondrá en papel sellado.
   Dicho derecho y el sellado del Registro será de $ 5.00.
Ayuda