Fecha de Publicación: 25/07/1950
Página: 109-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL

Artículo 5

   Los certificados y testimonios que se expidan se extenderán en sellado de igual valor que el asignado a la foja del expediente de que emanen.
   Los testimonios de actas de conciliación se extenderán en sellado de $
2.00 por foja.
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