Fecha de Publicación: 17/01/1949
Página: 90-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE SALUD PUBLICA

Artículo 3

   Los recursos del "Patronato del Psicópata" serán los siguientes:

     A) Una subvención anual de $ 50.000.00 que se tomará de Rentas 
        Generales.
     B) El producido de las hospitalidades pagadas por asistencia de 
        enfermos en el Hospital Vilardebó y en la Colonia "Doctor Bernardo
        Etchepare".
     C) Las contribuciones voluntarias que la Comisión Honoraria 
        gestionará de los Organismos del Estado, Entes Autónomos, 
        Servicios Descentralizados y Gobiernos Departamentales.
     D) Las contribuciones, permanentes o no, donaciones, herencias o 
        legados de particulares.
     E) El producido de la cooperación social en las diversas formas que 
        la Comisión Honoraria pueda arbitrar.
     F) Los proventos que resultaren del funcionamiento del "Hogar-
        Taller".
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