Fecha de Publicación: 27/09/1941
Página: 433-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 66

  Le compete el estudio de las cuestiones relativas a la enseñanza primaria, cultural y profesional; la educación física; la instrucción militar; las bandas militares; y asimismo la preparación de concursos para la provisión de los cargos que lo requieran, así como el examen de los méritos de los  Oficiales que deben cursar estudios en el extranjero y en contralor de la actuación de los mismos.

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