Fecha de Publicación: 27/09/1941
Página: 433-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 64

  El Departamento Territorial está llamado a constituir, en tiempo de guerra el Estado Mayor de las tropas de la zona del Interior, pasando, desde ese momento, a órdenes directas del Ministro de Defensa Nacional.
  Comprende la 3ª y 4ª División del Estado Mayor General.

                            TERCERA DIVISION
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