Fecha de Publicación: 27/09/1941
Página: 433-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 427

  Las notas de cursos de pasaje de grado e información, señaladas en los incisos C), D) y E) del artículo 30 de la ley número 9331, realizados hasta el año 1938, serán tenidas en cuenta por la Comisión Calificadora de Servicios Militares, a los efectos de lo prescripto en los artículos 268, 282, 312 y 313, para el ascenso por méritos.
Ayuda