Fecha de Publicación: 27/09/1941
Página: 433-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 4

   El mando superior de todas las fuerzas armadas corresponde al Presidente de la República actuando con el Ministro de Defensa Nacional, 
de quien dependen directamente el Inspector General del Ejército y el 
Inspector General de Marina.
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