Fecha de Publicación: 27/09/1941
Página: 433-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 339

  El Retiro, la jubilación y, en general, la situación de los asimilados, serán objeto de una ley especial.

                        CAPITULO II

             Efectos de la situación de retiro

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