Fecha de Publicación: 27/09/1941
Página: 433-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 312

  El cometido que corresponde a las Comisiones Calificadoras 
de acuerdo con las leyes y reglamentos vigentes consiste principalmente en:

A) Expedirse sobre la calificación de aptitudes que le haya sido 
   adjudicada al Oficial por sus superiores;
B) Determinar la antigüedad computable en el grado, que corresponda 
   a cada  Oficial;
C) Tomar en consideración las notas de cursos o pruebas de capacidad 
   en cuanto corresponda, y
D) Adjudicar la nota de concepto general que la propia Comisión confiera.

  En consecuencia, adjudicará las calificaciones numéricas que a su juicio 
correspondan.
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