Fecha de Publicación: 27/09/1941
Página: 433-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 142

   Servicios Geográfico: Esta a cargo del instituto Geográfico Militar, que tiene por especial cometido confeccionar la Carta Topográfica del país, de acuerdo con la ley de su creación, y asegurar su mantenimiento al día, así como el aprovisionamiento de las distintas unidades y reparticiones por intermedio de la sección respectiva del Estado Mayor General del Ejército; le compete además la confección de la Carta Provisoria de la República y de la Carta al Millonésimo, como también los estudios científicos motivados por la adhesión del país al Consejo Internacional de Investigaciones Científicas y otras convenciones y tratados; los estudios geográficos en general, proyectos, informes e inspecciones referentes a su especialidad; la ejecución de todo trabajo técnico referente a las fronteras terrestres y la ejecución, reproducción y archivo de mapas y planos que interesen a las necesidades militares o que se relacionen con las demarcaciones de límites con los países vecinos; la ejecución de los trabajos de geodesia sobre los cuales deban basarse los levantamientos de carácter topográfico, cualquiera sea su finalidad; la publicación de las hojas de levantamiento y el contralor de las mismas en su impresión, así como la dirección de este servicio si se lleva a efecto por la Imprenta Militar.
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