Fecha de Publicación: 30/12/1983
Página: 471-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Fe de erratas publicada/s: 05/01/1984, 12/01/1984, 10/02/1984.

Artículo 99

    Facúltase al Poder Ejecutivo, previo asesoramiento de la Secretaría de
Planeamiento, Coordinación y Difusión y de la Contaduría General de la
Nación, a determinar los niveles retributivos de los cargos del presente
Capítulo en función de su respectiva jerarquía.

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