CREACION DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LOS SERVICIOS DE LA ESTIBA




Promulgación: 14/03/1983
Publicación: 07/04/1983
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1983
  •    Página: 397
Ver:  Ley Nº 17.243 de 29/06/2000 artículo 33 (Supresión de la 
Administración Nacional de los Servicios de Estiba).
Referencias a toda la norma

CAPITULO I - ADMINISTRACION DE LOS SERVICIOS Y COMETIDOS

Artículo 1

   La administración de los servicios de estiba, desestiba y actividades
específicamente conexas a los mismos que se cumplen en, los distintos
puertos de la República, así como la administración de los registros
existentes en dicha actividad, será ejercida por la Administración
Nacional de los Servicios de Estiba (ANSE), de conformidad a lo prescripto
por la presente ley. 
Referencias al artículo

GREGORIO C. ALVAREZ -  LUIS A. CRISCI -  WALTER LUSIARDO AZNAREZ -  JUSTO
M. ALONSO -  RAQUEL LOMBARDO DE DE BETOLAZA - FRANCISCO D. TOURREILLES -
JULIO CESAR ESPINOLA
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