COMERCIO EXTERIOR. EXONERACION DE DERECHOS ADUANEROS. PUERTOS




Promulgación: 03/02/1972
Publicación: 10/02/1972

Resumen:

Autorízase con exoneración de pago de recargos, depósitos previos,
derechos aduaneros y adicionales, patentes, impuestos, tasas portuarias,
consulares y demás gravámenes, la importación de útiles y accesorios,
etc., para operaciones de carga y descarga de buques que realicen las
Agencias Marítimas que operan en el Puerto de Montevideo. Derógase el
Decreto de fecha 24 de setiembre de 1968.

Artículo 1

Modificado y/o Anotado (referencias acotadas): Decreto Nº 118/973 de 
07/02/1973 artículo 1.


		
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