REGLAMENTACION DEL ART. 57 DE LA LEY 19.484, RELATIVO AL REGIMEN ESPECIAL DE FISCALIZACION APLICABLE A LAS SOCIEDADES CONSTITUIDAS EN EL EXTRANJERO




Promulgación: 03/04/2017
Publicación: 07/04/2017
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.484 de 05/01/2017 artículo 57.

Artículo 2

   (Estatuto social).- Las sociedades constituidas en el extranjero deberán adoptar uno de los modelos de estatuto estandarizado especialmente provistos por la Auditoría Interna de la Nación, observando el procedimiento establecido por dicho organismo.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 3.
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