REGLAMENTACION DE LA REFORMA REGISTRAL




Promulgación: 29/12/1988
Publicación: 11/01/1989
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1988
  •    Página: 1260

Artículo 13

    Legibilidad y dimensiones.- En los casos en que el Registro proceda a
inscribir por protocolización de ejemplar, éstos deberán ser presentados
en forma legible a los efectos de formar matriz al documento, debiendo
además guardar las dimensiones del formato oficio con un margen mínimo de
2,5 centímetros de cada lado de la hoja y uno de 4 centímetros en el
margen izquierdo del anverso y derecho del reverso, dentro de los  cuales
deberán  estar insertos el texto y las firmas del documento.
    El Registro no admitirá los documentos que no se ajusten a lo
preceptuado en el inciso anterior.
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