CAPITULO II
PROGRAMA I: EXPLOTACION DIRECTA DE JUEGOS DE AZAR DE CASINOS Y SALAS DE ESPARCIMIENTO.
Artículo 29
A partir de la aprobación del presente Decreto, la partida prevista en el
rubro 021 corresponde a asignaciones globales para personal contratado, a
razón de veintiocho funciones contratadas de Fiscal III, dos Técnico I
Profesional Universitario y dos Asistente Universitario, con destino a la
incorporación al amparo de lo dispuesto en el artículo 181 de la Ley Nº
17.296 de 21 de febrero de 2001, a efectos de cubrir las necesidades que
se generen con la apertura de las nuevas Salas y el redimensionamiento
global del Organismo que ello significa.