APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BCU. ENERO 1996




Promulgación: 13/03/1996
Publicación: 28/03/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1996
  •    Página: 619
Referencias a toda la norma

Artículo 71

   PERSONAL DE COMPUTACION. El personal de computación afectado al
Desarrollo de Sistemas percibirá una remuneración mensual de acuerdo a los
grados que se indican de la Escala Patrón Unica:

DENOMINACION DEL CARGO                      GRADO E.P.U.
Jefe de Sistemas                                48
Jefe de Auditoría Informática                   48
Administrador de Base de Datos                  47
Programador de Sistemas                         47
Analista de Proyecto                            46
Analista                A                       43
Analista                B                       41
Programador             A                       40
Programador             B                       33 
Ayuda