DISTRIBUCION DE LOS FUNCIONARIOS DEL PROGRAMA DE ALTA DEDICACION OPERATIVA (PADO) EN LAS DIFERENTES JEFATURAS DE POLICIA DEPARTAMENTALES




Promulgación: 09/04/2018
Publicación: 19/04/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: el Programa Alta Dedicación Operativa (PADO), el cual fue creado por el artículo 151 de la Ley 19.355 de 19 de diciembre de 2015;

   RESULTANDO: I) que en una primera instancia se estableció un cupo de 1.000 (mil) funcionarios los cuales fueron distribuidos a diferentes Unidades Ejecutoras por el Decreto del Poder Ejecutivo 47/016 de 18 de febrero de 2016, el cual a su vez estableció un marco reglamentario que determinó diferentes aspectos de la gestión del Programa, tales corno el ingreso y la desvinculación del mismo, el cobro del haber por concepto de compensación, entre otros aspectos;

   II) que el artículo 49 de la Ley 19.535 de 25 de setiembre de 2017 estableció: "Increméntase en el Inciso 04 del Ministerio del Interior, Unidad Ejecutora 001, Secretaría del Ministerio del Interior, Programa 460, Prevención y Represión del Delito, la partida prevista en el inciso sexto del artículo 151 de la Ley 19.355 de 19 de setiembre de 2015, en $ 83.395.917 (ochenta y tres millones trescientos noventa y cinco mil novecientos diecisiete pesos uruguayos) a efectos de financiar la compensación por dedicación exclusiva, incluido aguinaldo y cargas legales, de hasta 500 (quinientos) funcionarios del Escalafón Ejecutivo que se afecten al Programa Alta Dedicación Operativa (PADO)";

   CONSIDERANDO: que el referido cupo de 500 (quinientos) funcionarios del Programa Alta Dedicación Operativa (PADO) debe distribuirse entre las diferentes Unidades Ejecutoras;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA

Artículo 1

   El cupo de 500 (quinientos) funcionarios policiales para integrar el "Programa de Alta Dedicación Operativa", previsto por el artículo 49 de la Ley 19.535 de 25 de setiembre de 2017 se distribuirá de la siguiente manera: 50 (cincuenta) cupos para cada una de las Jefaturas de Policía de Colonia, Maldonado, Rocha y Salto; 25 (veinticinco) cupos para cada una de las Jefaturas de Policía de Artigas, Cerro Largo, Paysandú y Rivera; y los restantes 200 (doscientos) cupos para la Jefatura de Policía de Montevideo.

   TABARÉ VÁZQUEZ - EDUARDO BONOMI - DANILO ASTORI
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