Compete a la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos en calidad de
Entidad de Acreditación:
a) Acreditar a los Profesionales Veterinarios, para intervenir en la
industria de los recursos hidrobiológicos con la finalidad de aplicar las
normas nacionales e internacionales en lo que respecta a actividades
higiénico sanitarias, autocontroles, sanidad acuícola y otras que se
determinen dentro de su ámbito de competencia
b) Determinar las Áreas de Acreditación, de acuerdo a los
requerimientos del Sector y los requisitos del profesional veterinario,
según las actividades a realizar por Área de Acreditación.
c) Determinar los procedimientos, criterios y parámetros para evaluar
la competencia técnica del aspirante.
d) Planificar las actividades de capacitación, y validar los cursos
realizados por los aspirantes, a propuesta del Comité de Acreditación.
e) Llevar los registros actualizados de los veterinarios acreditados y
asimismo comunicar en forma inmediata las altas y bajas de los Registros.
f) Difundir por medios idóneos los Registros de Acreditación
actualizados.