Visto: el artículo 5º de la ley 15.809 de 8 de abril de 1986.
Resultando: que en el Proyecto 705 del Programa 001 "Determinación y
Aplicación de la Política de Gobierno" del Inciso 02 "Presidencia de
la República" incluido en el planillado de inversiones para el año 1986
anexo de la ley 15.809 de 8 de abril de 1986 se padeció error al no
incluir el componente en moneda extranjera.
Considerando: que corresponde establecer que tal componente asciende
a U$S 50.000.00.
Atento: a lo expresado.
El Presidente de la República,
DECRETA:
Establécese que el proyecto 705 del Programa 001 "Determinación y
Aplicación de la Política de Gobierno" del Incisos 02 "Presidencia de la
República" incluido en el planillado de inversiones para el año 1986
anexo de la ley 15.809, de 8 de abril de 1986, tiene un componente en
moneda extranjera de U$S 50.000.00 (dólares estadounidenses cincuenta
mil).