EXCEPCION A LA LIMITACION ESTABLECIDA EN EL ART. 105 DE LA LEY ESPECIAL N° 7, RELATIVA A LAS RETRIBUCIONES QUE SE DETERMINAN DE LA DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD




Promulgación: 12/03/2024
Publicación: 21/03/2024
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 4

   Comuníquese a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Oficina Nacional de Servicio Civil, Contaduría General de la Nación y demás oficinas del caso. Cumplido pase a la Dirección Nacional de Vialidad del citado Ministerio a sus efectos.
Ayuda