VITIVINICULTURA




Promulgación: 26/11/1986
Publicación: 28/04/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1986
  •    Página: 686

Artículo 5

   El "Pineau" sólo podrá venderse al detalle en envases de vidrio no
superiores a un litro de capacidad.
Deberá aplicarse a los envases la correspondiente boleta de control de
calidad y  circulación que expende la Dirección de Contralor Legal del
Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, para vinos licorosos.
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