Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 6
Establécese que el personal de la "Industria del Vidrio" percibirá para facilitar el goce de la licencia anual, y de acuerdo al artículo 27
de la ley 12.590 de 23 de diciembre de 1958, una suma igual al líquido al que por concepto de licencia tenga derecho el trabajador.