Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Limítase el período comprendido entre las horas 21 y las 3.30, la prohibición de trabajo nocturno en las panaderías, la cual permanecerá vigente en tanto rija el Decreto Nº 764/973 en lo que tiene que ver con la adecuación del horario para cumplir con la exigencia de la mezcla de harina de sorgo y trigo.