APROBACION DE LA REESTRUCTURA ADMINISTRATIVA DE LA DIRECCION DE VIALIDAD




Promulgación: 09/10/1975
Publicación: 24/10/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1975
  •    Página: 1038
                           AÑO DE LA ORIENTALIDAD

Visto: lo dispuesto por el artículo 67º de la ley 14.189, de 30 de abril
de 1974.

Resultado: I) Que en función de lo preceptuado por el decreto 454/974, de
fecha 6 de junio de 1974 fue creado el Grupo de Trabajo cuyo cometido es
el estudio y pronunciamiento sobre proyecto de reestructuración y
racionalización administrativa de los Programas Presupuestales;

II) Que la Dirección de Vialidad (Inciso 10, Programa 03) envió en plazo
el proyecto de reestructuración de su Programa, con los cargos existentes
al 5 de setiembre de 1974;

III) Que el Grupo de Trabajo produjo su informe el que fue elevado al
Director de la Oficina Nacional del Servicio Civil y al Contador General
de la Nación. Estos últimos, con fecha 30 de octubre de 1974, aconsejan al
Poder Ejecutivo la aprobación del citado proyecto.

Considerando: I) Que la reestructura propuesta por la Dirección de
Vialidad propende a una racionalización de los servicios que ejecutan los
cometidos correspondientes de la Unidad Ejecutora, cumpliéndose así con la
norma objetiva -en su letra y en su espíritu- representada por el citado
artículo 67º;

II) Que, el proyecto no produce lesión de derechos funcionales ni provoca
aumentos en las retribuciones de los cargos correspondientes a los
actuales escalafones;

III) Que la partida utilizada no supra el 5% de las dotaciones
presupuestales asignadas al Rubro 0 del Programa 03 Inciso 10.

Atento: a lo expuesto,

El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

Apruébase la reestructura y racionalización administrativa de la Unidad
Ejecutora "Dirección de Vialidad" del Programa 03 del Inciso 10.

Artículo 2

Los cargos presupuestales de la referida Unidad Ejecutora pasarán a ser lo
siguientes:

Nro de
Cargos              Denominación                       Escalafón    Grado
-------------------------------------------------------------------------
 1        Director Ingeniero..........................    AaA         E4
 1        Subdirector Ingeniero.......................    AaA         E3
 3        Ing. Subdirector Técnico....................    AaA         E2
 5        Jefe Técnico División.......................    AaA         E1
20        Jefe Técnico Departamento...................    AaA          6
26        Jefe Técnico Sección........................    AaA          5
29        Técnico.....................................    AaA          4
 1        Procurador..................................    AaB          1
 4        Asistente Técnico Ing. I....................    Ac          E1
 1        Asistente Técnico Dibujante I...............    Ac          E1
 8        Asistente Técnico Ing. II...................    Ac          12
 2        Asistente Técnico Dibujo II.................    Ac          12
 1        Asistente Técnico Mecánico I................    Ac          12
24        Asistente Técnico Ing. III..................    Ac          11
 3        Asistente Técnico Dibujo III................    Ac          11
 2        Asistente Técnico Mecánico II...............    Ac          11
48        Asistente Técnico Ing. IV...................    Ac          10
 5        Asistente Técnico Dibujo IV.................    Ac          10
 3        Asistente Técnico Mecánico III..............    Ac          10
 8        Asistente Técnico Dibujo V..................    Ac           9
 2        Asistente Técnico Mecánico IV...............    Ac           9
 2        Jefe de la División.........................    Ab          E1
 5        Jefe de Departamento........................    Ab          12
14        Jefe de Sección.............................    Ab          11
15        Subjefe Administrativo......................    Ab          10
30        Administrativo I............................    Ab           9
50        Administrativo II...........................    Ab           8
43        Administrativo III..........................    Ab           7
 1        Intendente..................................    Ad          E1
 4        Subintendente...............................    Ad           7
12        Ayudante de Servicio........................    Ad           6

Artículo 3

La aplicación de lo dispuesto precedentemente no puede significar la
disminución de las remuneraciones de los actuales funcionarios de la
Dirección de Vialidad.

Artículo 4

La presente reestructura tendrá vigencia al día inmediato siguiente a la
aprobación expresa o tácita por el Consejo de Estado, debiendo efectuarse
las promociones, transformaciones y designaciones a que aquélla obligue.

Artículo 5

Encomiéndase a la Dirección de Vialidad la redacción de un proyecto de
reglamentación orgánica y de funciones de dicha Unidad Ejecutora, de
acuerdo a la reestructura que se aprueba por el presente decreto,
sustitutiva de la vigente, el que someterá a la aprobación del Poder
Ejecutivo.

Artículo 6

Dése cuenta al Consejo de Estado.

Artículo 7

Comuníquese, etc.

BORDABERRY - EDUARDO CRISPO AYALA - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS
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