AUTORIZACION AL LATU DEL CONTROL TECNICO DE PRODUCTOS PREMEDIDOS PASIBLES DE SER COMERCIALIZADOS




Promulgación: 13/03/2012
Publicación: 22/03/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2012
  •    Página: 365

Artículo 3

 En caso de constatarse incumplimientos a la normativa vigente el
responsable del lote en infracción deberá, dentro del plazo que a tal
efecto fije el LATU en la actuación correspondiente o la vista posterior,
levantar dichos apartamientos.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 4 y 6 (vigencia).
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