AUTORIZACION AL LATU DEL CONTROL TECNICO DE PRODUCTOS PREMEDIDOS PASIBLES DE SER COMERCIALIZADOS




Promulgación: 13/03/2012
Publicación: 22/03/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2012
  •    Página: 365

Artículo 2

 Una vez realizado el control de lote el LATU emitirá el Certificado de
Conformidad o Informe de Ensayo, con plazo de 30 días a partir de la toma
de las muestras, sin perjuicio de la prórroga que pudiera corresponder si
la complejidad analítica así lo justificare, lo que se comunicará en forma
fehaciente al responsable de los productos sometidos a verificación.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 6 (vigencia).
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