VISTO: el informe técnico de la Unidad de Gestión de Deuda Pública del Ministerio de Economía y Finanzas.
RESULTANDO: que en el mismo, se da cuenta de las posibilidades de acceso de la República al mercado japonés de capitales.
CONSIDERANDO: I) la oportunidad de efectuar una nueva emisión de Bonos del Tesoro en condiciones favorables.
II) la importancia de participar en el mercado financiero mencionado, contribuye a diversificar y mejorar las alternativas de gestión de la deuda nacional.
III) que en este sentido, las propuestas de Sumitomo Mitsui Banking Corporation como Organizador y Agente de Emisión y Pago y de Japan Bank for International Cooperation como Garantía, resultan convenientes, por lo que corresponde aprobar los contratos respectivos.
ATENTO: a lo dispuesto por la Ley Nº 17.947 de 8 de enero de 2006.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Dispónese la emisión de Bonos del Tesoro en yenes japoneses, por hasta
la suma de ¥ 30.000.000.000,oo (treinta mil millones de yenes), los que
se denominarán "Bonos Globales en Yenes Japoneses -Serie A (2007), con un
plazo de diez años.
El valor de cada Bono no será inferior a ¥ 100.000.000,oo (cien millones de yenes) y los Bonos serán al portador. Llevarán las firmas impresas del Sr. Ministro de Economía y Finanzas, del Contador General de la Nación y del Gerente de Política Monetaria y Operaciones del Banco Central del Uruguay.