CONSEJOS DE SALARIOS. CONVENIOS LABORALES. ACTIVIDAD PRIVADA. EMPLEADOS PRIVADOS. GRUPOS DE ACTIVIDAD. CONVENIOS COLECTIVOS DE TRABAJO. GRUPO N° 16 INDUSTRIA DE LA MADERA Y EL CORCHO. SUBGRUPO ESCOBAS PINCELES CEPILLOS Y PLUMEROS
Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 6
Las delegaciones empresariales y/o de los trabajadores deberán acreditar con la información necesaria, que se producen los extremos pactados para los índices de crecimiento estipulados en el l numeral 3° apartados c2) y e2), del convenio que por este acto se homologa.