FIJACION DE PRECIOS MINIMOS PARA LAS UVAS. COSECHA 2001




Promulgación: 06/03/2001
Publicación: 14/03/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2001
  •    Página: 536

Artículo 3

 Los precios establecidos en los artículos 1º y 2º del presente decreto, 
se entienden para operaciones de contado, libre de todo tipo de 
deducciones.
El traslado a bodega y el envasado en cajones tipo mercado propiedad del 
vendedor, serán de cargo del viticultor.
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