TRANSPORTE AEREO - EMPRESAS PUBLICAS - SERVICIOS PUBLICOS




Promulgación: 30/12/1991
Publicación: 04/02/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1991
  •    Página: 922
Referencias a toda la norma
  Visto: lo dispuesto por la ley 16.211, del 11 de octubre de 1991.

  Atento: a lo dictaminado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto a
lo preceptuado por, el artículo 168 numeral 4 de la Constitución de
República,

     El Presidente de la República, actuando en Consejo de Ministros

                                DECRETA:

SECCION I - DE LA COMPETENCIA DE PLUNA
TITULO UNICO - COMETIDOS Y PODERES JURIDICOS

Artículo 1

   (Cometidos).- Son cometidos de PLUNA:

1º) explotar, directa o indirectamente, en este último caso con
autorización del Poder Ejecutivo, los servicios de transporte aéreo
público de pasajeros, equipajes, correo y carga que fueren concedidos o
autorizados el Poder Ejecutivo.

2º) prestar, directa o indirectamente, en este último caso con
autorización del Poder Ejecutivo, servicios terrestres y turísticos afines
o complementarios a los servicios referidos en el numeral anterior, que
fueran aprobados por el Poder Ejecutivo. 

LACALLE HERRERA - JUAN ANDRES RAMIREZ - HECTOR GROS ESPIELL - ENRIQUE
BRAGA SILVA - MARIANO R. BRITO - GUILLERMO GARCIA COSTA - WILSON ELSO GOÑI
- AUGUSTO MONTESDEOCA - ENRIQUE ALVARO CARBONE - JULIO CESAR LEIVAS -
PEDRO SARAVIA - JOSE VILLAR GOMEZ - RAUL LAGO
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