DISPOSICION QUE EL COSTO DE GUIAS DE TRANSITO DESTINADAS AL TRANSPORTE DE CEREALES Y OLEAGINOSOS SERA DE CARGO DEL USUARIO




Promulgación: 20/12/1978
Publicación: 08/01/1979
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1978
  •    Página: 1466
Derogada/o por: Decreto Nº 267/995 de 19/07/1995 artículo 1.
Visto: la gestión formulada por la Dirección General de los Servicios
Agronómicos del Ministerio de Agricultura y Pesca, a los fines que se
indicarán.

Resultando: I) Por decretos 207/972. 208/972 y 209/972, de fechas 16 de
marzo de 1972 y sus modificativos 353/972 y 354/972, de fechas 25 de mayo
de 1972, se establece el empleo de la guía de tránsito para el transporte
de oleaginosos y cereales en todo el territorio nacional;

II) El costo de la confección y expedición de tales documentos ha sido,
hasta el momento, a cargo del Estado.

Considerando: I) La utilización de dichos documentos beneficia -
exclusivamente- a los propietarios de tales productos, por lo que no se
estima conveniente que el costo de las guías sea de cargo del Estado;

II) Conveniente, en ese orden de ideas, disponer que el pago de las mismas
sea de cargo de los usuarios, fijándose el precio correspondiente.

Atento: a lo informado por la Dirección de Asesoramiento Legal del
Ministerio de Agricultura y Pesca y a lo que preceptúa el Proyecto de Ley
de Contabilidad y Administración Financiera puesto en vigencia, para todos
los organismos del Estado, a partir del 1º de enero de 1968, por el
decreto 104/968, de 6 de febrero de 1968, en base a lo preceptuado por el
artículo 512º de la ley 13.640, de 26 de diciembre de 1967 (Presupuesto
Nacional de Sueldos, Gastos e Inversiones),

 El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

(*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 721/978 de 20/12/1978 artículo 1.

Artículo 2

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 721/978 de 20/12/1978 artículo 2.
Referencias al artículo

Artículo 3

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 721/978 de 20/12/1978 artículo 3.

Artículo 4

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 721/978 de 20/12/1978 artículo 4.

MENDEZ - LUIS H. MEYER
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