EMPRESAS PUBLICAS - SERVICIOS PUBLICOS




Promulgación: 30/12/1991
Publicación: 04/02/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1991
  •    Página: 910
Referencias a toda la norma

SECCION I - DE LA SOCIEDAD DE ECONOMIA MIXTA
TITULO III - DE LA SELECCION DEL ADJUDICATARIO
CAPITULO III - DE LA SOCIEDAD A CONSTITUIRSE

Artículo 15

    (Nombre e identificación) La sociedad deberá tener como denominación
aquella que identifique internacionalmente al operador principal del
adjudicatario, obligándose éste, además, a cumplir lo declarado en
artículo 11. literal c), del presente decreto. ANTEL podrá modificar dicho
denominación en la resolución de adjudicación, a efectos de referirla al
ámbito nacional.
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